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Congo Constitution y ley electoral
Esta rama de la ley se refiere a la organización del estado y los derechos de las personas se denomina derecho constitucional. Existen las reglas de derecho más importantes. Importante porque todas las demás reglas solo pueden existir si la ley constitucional lo permite.
Los derechos de la constitución se encuentran principalmente en la Constitución. Pero también hay en ciertas convenciones internacionales y posiblemente en las leyes provinciales que serán adoptadas por los parlamentos provinciales.
Las reglas encontradas en la Constitución deben decirnos:
-¿Qué nuestro país (territorios, fronteras)
- la forma en que debe organizarse (autoridades, habilidades) y
- ¿Cuáles son los derechos fundamentales de las personas y las personas?
En principio, es para todos los congoleños que sea para desarrollar estas reglas. De hecho, es para esta gente que depende de decidir cómo desea organizarse en su propio territorio (Art. 5). Por lo tanto, una constitución no puede conocer a aquellos a quienes se aplicará.
Al establecer un sistema destinado a organizar el país, las reglas en la Constitución deben reflejar el genio de un pueblo. Mal concebida, una constitución puede usarse para coronar una situación injusta. Es por eso que cuando un pueblo desarrolla una constitución, debe tener en cuenta no solo sus experiencias negativas sino también que viven por otros pueblos. Se trata de concebir la mejor organización posible del estado que hace posible garantizar la justicia y el orden en el territorio.
Cabe señalar que las personas también deben hacer reglas sobre el procedimiento. En otras palabras, elija cuándo y cómo intervenir, como un pueblo, en el funcionamiento del estado (revisión constitucional, referéndum, iniciativa [procedimiento constitucional ver Art. 218, 219 y 220]).
Ej: Si la gente dijo en la Constitución que solo intervendrán durante las elecciones y que las autoridades eligirán un momento, será muy difícil intervenir en otro momento, incluso si surge la necesidad.
Desde la era colonial, la RDC ha tenido sucesivamente varias constituciones (puede ver estos acres constitucionales en el sitio en la dirección: http://www.droitcongolais.info Figuras 1. En 1.09).
Estas constituciones impuestas permitieron justificar la esclavitud del congoleño en la lata extranjera y/ o dictatorial.
Hoy en la RDC, es la constitución del 18 de febrero de 2006 la que gobierna la organización del país. Sin entrar en los detalles de sus autores y la forma en que se ha extendido (sujetos que pueden ser objeto de estudios por parte de la doctrina congoleña [los especialistas]), se supone que el pueblo congoleño ha adoptado el sistema elegido en la Constitución.
Se supone que ha encontrado el sistema que le convenga mejor para organizar el país y garantizarle los derechos de las personas en su territorio.
En los estados hemos heredado el sistema político, generalmente consideramos que hay 3 tipos de poder. El poder de imponer una regla que todos tendrán que respetar es el poder legislativo. El poder de usar la fuerza para hacer cumplir una regla, el poder ejecutivo. El poder de decir si una regla ha respetado, el poder judicial.
La constitución congoleña actual dice que las personas que tienen poder supremo, en otras palabras, son las personas las que tienen la última palabra (Art. 5). Teóricamente, por lo tanto, la gente podría permitirse hacer lo que quieran: establecer las reglas los ejecuta y hacer que se respeten a sí mismas
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El proyecto fue concentrado por Pitshou Yunga Kafuku
Apoyo de la Agencia Córdoba de los Estados Unidos y la RDC